A- de 1998
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Pati-O Jorge William·Demandado Secretaria Ide Educacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Citación de personas involucradas en concurso para cargo docente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de efectuar la revisión de fondo de los fallos proferidos en el asunto de la referencia, según explicó la Corte cuando con la decisión que se va a tomar en el fallo de tutela se pueden ver afectadas personas diferentes al demandado, corresponde al juez integrar el litisconsorcio necesario y citarlas para que comparezcan al proceso.
La anomalía configura una de las causales de nulidad originada en la falta de citación, en legal forma, de las personas con las cuales debía integrarse el litisconsorcio.
Por lo anterior, se devolvió el expediente al Juzgado respectivo para que ponga en conocimiento de los docentes afectados.
Se suspendió el término para fallar el proceso mientras se surte el trámite correspondiente, para sanear o declarar la nulidad advertida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de efectuar la revision de fondo de los fallos proferidos en el asunto de la referencia, por cuanto se advierte la existencia de una causal de nulidad con respecto a lo actuado.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Cali, poner en conocimiento de los docentes Sandra Milena Villalobos y Jose Guillermo Angulo, la nulidad advertida en la parte motiva de esta providencia. Ademas, se les hara saber que si guardan silencio, o ratifican lo actuado esta se entendera saneada y el proceso continuara su curso, en caso contrario, dicha nulidad sera declarada.
- Tercero. Por Secretaria General procedase a devolver el expediente al Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Cali, para el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior.
- Cuarto. Mientras se surte el tramite correspondiente, para sanear o declarar la nulidad advertida, el termino para fallar el presente proceso queda suspendido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.